Es inevitable rememorar la historia al abrir un expediente de un curatelado, automáticamente nos traslada al pasado a través de su documentación, y viendo documentos como estos no podemos dejar de pensar en cuando no existía la comodidad de pagar con una tarjeta de débito o de crédito o con el móvil. Aparecen documentos que chocan, sobre todo a los trabajadores más jóvenes de la Fundación, y a los no tan jóvenes que, aunque no recordemos bien este tipo de documento, si nos trae buenos recuerdos de nuestro pasado, de nuestros propios abuelos que se manejaban con estas Libretas de Ahorros donde apuntaban todos sus movimientos bancarios.
Como bien pone en la primera hoja de la Libreta, el Estado garantizaba todas las operaciones de la Caja Postal de Ahorros, la cual fue fundada mediante ley del 14 de junio de 1909, con el fin de facilitar el ahorro a quienes no tenían ingresos estables, aunque no se estableció un reglamento operativo hasta 1916, existiendo desde esta fecha hasta el 1991 que fue integrada junto a otros bancos públicos en la corporación Argentaria.
Seguro que quien no sepa que todas las sucursales estaban presentes en todas las oficinas de correos de España le resulte extraño, pero así era. Y seguro que muchos mayores lo echaran de menos; antes, los carteros llevaban, junto al correo, las cartillas a los habitantes de lugares más alejados, a pequeñas localidades o pedanías donde no había Correos, pero ahora la dificultad de coger un medio de transporte para desplazarse a otro pueblo solo para ver si has cobrado la pensión o retirar dinero se convierte en algo cotidiano y asumido, a pesar de que evitar la exclusión financiera es un objetivo político de primer nivel, como la salud o la educación.
Pero sigamos fijándonos en las Libretas y hagamos un poco de historia. La Ley se publicó un jueves 17 de junio de 1909 en la perdida y olvidada Gaceta de Madrid, reinando Don Alfonso XIII, fue publicada por el Ministerio de la Gobernación, actual Ministerio del Interior, siendo ministro Juan de la Cierva y Peñafiel. Esta ley autorizaba al gobierno a reorganizar Correos y Telégrafos e implantar nuevos servicios, como cartas urgentes, giros y reembolsos. Como hemos visto, el Estado garantiza las cantidades ahorrados, y para facilitar el ingreso de estas cantidades creó el volante de ahorro en el que se podía comprar un sello al mismo cartero y quedaba adherido a la libreta quedando reflejada la imposición junto a la firma del funcionario de Correos y el sello de la oficina. Donaba a todo nacido en España o inscrito como español esta libreta para sus ahorros y cada cierto tiempo le abona sus intereses con lo que facilitaba el ahorro.
Artículo escrito por Yolanda, Jefa de Administración de Fundación Mayores, Licenciada en Antropología y Humanidades y Experta Profesional en Gestión y Administración de Fundaciones.